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A fin de garantizar una formación y cualificación profesional que facilite la incorporación y la permanencia de la población en el mercado de trabajo, dando cobertura a las necesidades del sector productivo, se flexibilizan los requisitos de:- los centros autorizados para impartir formación profesional del sistema educativo o para el empleo, a fin de impartir certificados de profesionalidad y otras acciones formativas vinculadas al CNCP;- los espacios, instalaciones y equipamientos requeridos para impartirlos;- los formadores de certificados de profesionalidad;- la oferta formativa de títulos de formación profesional.Respecto a estos últimos, se introducen los certificados de formación profesional, certificados de competencia o certificados parciales de competencia, que son ofertas modulares parciales de menor duración que los cursos de especialización y con validez en todo el territorio nacional.Todo lo cual se lleva a cabo complementando y ampliando la normativa ya existente.RD 62/2022, BOE 27-1-22
Actualidad jurídica
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