Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Extremadura. Ayudas autonómicas del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021

Con efecto 19-3-2019, se establecen las bases reguladoras de los programas de ayudas del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021:
a) Programa de vivienda protegida autopromovida, general o ampliable (D Extremadura 17/2019 art.19 a 25).
Son líneas específicas de protección preferente de este programa, las siguientes:
• Línea de autopromoción joven.
• Línea de impulso a los cascos urbanos consolidados.
• Línea de eficiencia energética.
• Línea de familias numerosas.
• Línea de personas con capacidades diferentes.
• Línea de víctimas de violencia de género.
• Línea de víctimas del terrorismo.
La cuantía de la ayuda será:
– para la vivienda protegida autopromovida general: 14.000 euros, con carácter general, y 1.000 euros adicionales para las líneas específicas de protección preferente;
– para la vivienda protegida autopromovida ampliable: 19.000 euros, con carácter general, y 1.000 euros adicionales para las líneas específicas de protección preferente.
b) Programa de ayuda directa a la entrada (D Extremadura 17/2019 art.26 a 33).
Son líneas específicas de protección preferente de este programa, las siguientes:
• Línea joven.
• Línea de familias numerosas.
• Línea de personas con capacidades diferentes.
• Línea de víctimas de violencia de género.
• Línea de víctimas del terrorismo.
La cuantía de la ayuda oscila entre los 3.000 y los 15.000 euros, con 1.000 euros adicionales para las líneas específicas de protección preferente (D Extremadura 17/2019 art.31).
c) Programa de fomento de obras en vivienda existente (D Extremadura 17/2019 art.34 a 42).
Su objeto es fomentar las obras para mejorar la eficiencia energética y sostenibilidad, la seguridad de utilización y la accesibilidad y la conservación y adecuación en viviendas unifamiliares, en edificios de tipología residencial colectiva y en las viviendas ubicadas en estos.
La cuantía de la ayuda oscila entre un 40% y un 50% del presupuesto protegido, con un límite entre los 2.000 y los 4.000 euros. Las cuantías son acumulables, pero en ningún caso pueden superar los 14.000 euros (D Extremadura 17/2019 art.39).
d) Programa de fomento de la rehabilitación energética de la vivienda existente (PEEVE)(D Extremadura 17/2019 art.43 a 53).
Tiene por objeto el desarrollo e impulso de actuaciones en la mejora de la eficiencia energética de la vivienda existente que permitan disminuir el número de hogares y consumidores vulnerables –pobreza energética-. También se persigue la promoción del ahorro energético y disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero, dentro de un contexto de crecimiento sostenible, e incrementar la calidad de la edificación, mejorar la salud de los propietarios y aumentar el confort de los usuarios.
Son líneas específicas de protección preferente de este programa:
• Línea contra la pobreza energética.
• Línea especial de cubiertas para mayores para viviendas unifamiliares.
La cuantía de la subvención oscila entre el 60% y el 100% del presupuesto protegido.
e) Programa de ayuda a la conversión de espacios cerrados en viviendas (D Extremadura 17/2019 art.54 a 63).
Tiene como objeto novedoso favorecer la existencia de viviendas adaptadas para personas con movilidad reducida, aprovechando la existencia de bolsas de locales vacíos y financiando su conversión en vivienda.
Son líneas específicas de protección preferente de este programa, las siguientes:
• Línea joven.
• Línea de eficiencia energética.
• Línea de familias numerosas.
• Línea de personas con capacidades diferentes.
• Línea de víctimas de violencia de género.
• Línea de víctimas del terrorismo.
La cuantía de la ayuda será de 14.000 euros para los promotores para uso propio, y de 9.000 euros para los promotores para venta o arrendamiento. Dicha cuantía puede incrementarse entre 1.000 y 4.000 euros en determinados supuestos.

f) Programa de ayuda al promotor de vivienda protegida de nueva construcción (D Extremadura 17/2019 art.64 a 69).
Este nuevo programa está destinado a financiar la promoción de las tipologías de vivienda con mayor alcance social, las destinadas a los niveles de ingresos más modestos. Se trata de aliviar los costes de construcción para que no repercutan en un incremento de precios y fomentar el mercado de vivienda protegida de nueva construcción.
La cuantía de la ayuda es de 4.000 euros por vivienda.
Asimismo, forman parte del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021, aunque se rigen por su normativa específica:
• Los programas regulados en el D Extremadura 1/2017 -bases reguladoras de las ayudas en materia de alquiler de viviendas-.
• Las ayudas complementarias al alquiler de viviendas en la Comunidad Autónoma de Extremadura (D Extremadura 92/2018).
El plan prescinde de ingresos mínimos y permite la construcción de vivienda protegida autopromovida, general o ampliable, en cualquier localidad, sin exigir un mínimo de habitantes.Cabe destacar que el presente decreto no regula el régimen jurídico de vivienda protegida, que se realizará en otra norma distinta, el Reglamento de Vivienda de Extremadura. De este modo, el D Extremadura 137/2013 título III -Plan de Rehabilitación y Vivienda de Extremadura 2013-2016 y bases reguladoras de las subvenciones autonómicas en esta materia-, mantiene su vigencia hasta la entrada en vigor del nuevo decreto en cuestión.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).