Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Disposiciones normativas autonómicas. Baleares y Navarra

Baleares. Se autoriza al Gobierno de las Islas Baleares para que, en un plazo de 18 meses contado desde 30-3-15, apruebe determinados textos refundidos para regularizar, aclarar y armonizar la normativa (L Baleares 5/2015, BOIB 28-3-15).

Materia
Ley a refundir
Leyes que deben ser refundidas
Patrimonio histórico
L Baleares 12/1998
L Baleares 11/2002
L Baleares 8/2004
L Baleares 1/2005
L Baleares 2/2006
L Baleares 15/2006
L Baleares 4/2008
L Baleares 10/2010
L Baleares 7/2012

Se derogan las siguientes normas:
D Baleares 6/1987, sobre denuncias de mora ante la Comisión Provincial de Urbanismo de Baleares;
D Baleares 75/1989, sobre criterios de la Comisión Provincial de Urbanismo para autorizar edificios, instalaciones y usos de utilidad pública o interés social en suelo urbanizable no programado sin programa de actuación urbanística o en suelo no urbanizable;
D Baleares 1/1991, de creación de un registro especial de arrendamientos rústicos de Baleares;
D Baleares 12/1992, sobre plazos para cumplir y adquirir facultades urbanísticas previstas a la L Baleares 8/1990;
D Baleares 27/1993, sobre regulación de capacidades de población en los instrumentos de planeamiento general y sectorial
Una vez refundidos, deben derogarse:
D Baleares 47/1983, por el cual se delega en el consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio la facultad de impugnar por la vía contenciosa los actos y los acuerdos de las corporaciones locales en materia de urbanismo ;
D Baleares 48/1983 por el cual se delega en el consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio la competencia de aprobar los expedientes de los proyectos en suelo no urbanizable de Palma de Mallorca;
D Baleares 35/1987, sobre ejecución de los programas de gasto de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio
Navarra. Se aprueba la LF Navarra 5/2015 de modificación de LOTUNA (BON 16-3-15). Su entrada en vigor se establece para el 16-6-2015.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).