Con efectos desde el 1-1-2015, se introducen las siguientes modificaciones en el IRPF de Araba:
– en referencia a las deducciones en vivienda habitual, en los supuestos en que por decisión judicial haya que satisfacer cantidades por el alquiler o adquisición de la vivienda familiar, se clarifica que, con carácter general, resultan de aplicación los porcentajes y limites generales, salvo cuando concurran en el contribuyente los requisitos de edad y familia numerosa, supuesto en que pueden ser aplicados los porcentajes y límites incrementados;
– en la deducción por inversiones y por otras actividades se incorpora la posibilidad de que contribuyentes que ejerzan actividades económicas puedan aplicar los incentivos para fomento de la cultura previstos en el IS.
Actualidad jurídica
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