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Las entidades en régimen de atribución de rentas deben presentar una declaración informativa anual relativa a las rentas a atribuir a sus socios, herederos, comuneros o partícipes, residentes o no en territorio español. Esta declaración será aplicable, por primera vez, respecto de las rentas obtenidas y atribuibles del año 2020.El contenido y las características de esta declaración son las siguientes:a) Obligados a presentar el modelo. Deben presentar la declaración informativa anual correspondiente al modelo 184, las siguientes entidades en régimen de atribución de rentas:- aquellas con domicilio fiscal en el Territorio Histórico de Álava (NF Araba 33/2013 art.56). No obstante, no están obligadas las entidades mediante las que no se ejerzan actividades económicas y cuyas rentas no exceden de 3.000 euros anuales;- para las constituidas en España, por quien tenga la consideración de representante de la entidad en régimen de atribución de rentas (NF Araba 6/2005 art.45);- para las constituidas en el extranjero, por cualquiera de los miembros de la entidad, contribuyentes del IRPF o sujetos pasivos por el IS.b) Forma de presentación. El modelo 184 debe presentarse, con arreglo a las condiciones y procedimiento establecidos en la OF Araba 36/2021EDL 2021/1479 art.7, a través de alguno de los siguientes medios:- mediante los programas de ayuda facilitados por el Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, con arreglo a las condiciones y procedimiento establecidos en la OF Araba 36/2021EDL 2021/1479 art.7;- a través de otros desarrollos informáticos que permitan obtener un fichero.La presentación telemática tiene carácter optativo para aquellas entidades de atribución de rentas a las que no sea de aplicación lo establecido en la OF Araba 603/2020EDL 2020/38338 art.2.c) Objeto y contenido de la información. Las entidades en régimen de atribución de rentas, además de sus datos identificativos y, en su caso, los de su representante, deben hacer constar la siguiente información:1. La identificación, el domicilio fiscal y NIF de sus socios, herederos, comuneros o partícipes, residentes o no en territorio español, incluyéndose las variaciones en la composición de la entidad a lo largo de cada período impositivo.Si alguno de los miembros de la entidad no es residente en territorio español, identificación de quien ostente su representación fiscal (NF Araba 21/2014 art.10).Si son entidades constituidas en el extranjero, se debe identificar a los miembros de la entidad contribuyentes del IRPF o sujetos pasivos del IS, así como a los miembros de la entidad contribuyentes por el IRNR, respecto de las rentas obtenidas por la entidad sujetas a ese Impuesto.2. El importe total de las rentas obtenidas por la entidad y de la renta atribuible a cada uno de sus miembros, especificándose:- los ingresos íntegros y gastos deducibles por cada fuente de renta;- el importe de las rentas de fuente extranjera, señalando el país de procedencia, con indicación de los rendimientos íntegros y gastos;- si los miembros de estas entidades son sujetos pasivos del IS y contribuyentes por el IRNR con establecimiento permanente, que adquieren acciones o participaciones en IIC, deben identificar las IIC cuyas acciones o participaciones se han adquirido o suscrito, fecha de adquisición o suscripción y valor de adquisición de las acciones o participaciones, así como identificación de la persona o entidad, residente o no residente, cesionaria de los capitales propios.3. Las bases de las deducciones.4. El importe de las retenciones e ingresos a cuenta soportados por la entidad y los atribuibles a cada uno de sus miembros.5. El importe neto de la cifra de negocios, o el importe del volumen de operaciones.d) Plazo de presentación. La presentación de la declaración informativa se realizarse durante el mes de febrero de cada año, en relación con las rentas obtenidas por la entidad y las rentas atribuibles a cada uno de sus miembros en el año natural inmediato anterior.OF Araba 36/2021EDL 2021/1479, BOTHA 29-1-21; OF Araba 59/2006 derog OF Araba 36/2021EDL 2021/1479 disp.derog.única, BOTHA 29-1-21NOTAA partir del 30-1-2021, queda derogada la OF Araba 59/2006EDL 2006/472836 por la que se aprobó el anterior modelo 184 de declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas.
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