Los importes de las pensiones no concurrentes con otras pensiones públicas, así como concurrentes con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, se incrementan en 2019 en un 3% sobre las nuevas cuantías mínimas de pensión correspondientes al año 2018. Estas nuevas cuantías mínimas de 2018 son el resultado de aplicar, a las cuantías mínimas percibidas en 2018, la actualización correspondiente por la diferencia entre la revalorización general en 2018 del 1,6% y la que hubiese correspondido aplicar la regla sobre la variación porcentual interanual del IPC, que es el 1,7%.
Quedan exceptuadas del citado incremento cuando entren en concurrencia con otras pensiones públicas, excepto viudedad, o con alguna de estas pensiones y, además, con cualquier otra pensión pública de viudedad. A estos efectos, no se consideran pensiones concurrentes la prestación económica reconocida a los niños de la guerra, ni la pensión percibida por los mutilados útiles o incapacitados de primer grado por causa de la pasada guerra civil española, ni el subsidio por ayuda de tercera persona previsto para las personas con discapacidad, ni las pensiones extraordinarias derivadas de actos de terrorismo. No obstante, cuando la suma de todas las pensiones concurrentes y las del SOVI, una vez revalorizadas aquéllas, sea inferior a la cuantía fijada en 2019 para la pensión de tal Seguro no concurrente, calculadas unas y otras en cómputo anual, la pensión del SOVI se revaloriza en un importe igual a la diferencia resultante. Esta diferencia no tiene carácter consolidable, siendo absorbible con cualquier incremento que puedan experimentar las percepciones del interesado, ya sea en concepto de revalorizaciones o por reconocimiento de nuevas prestaciones de carácter periódico.
Para el mantenimiento del poder adquisitivo, los pensionistas del SOVI durante 2018 no concurrentes, así como concurrentes con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, recibirán, antes del 1-4-2019, en un único pago, una cantidad equivalente a la diferencia entre la pensión percibida en el año 2018 y la que hubiera correspondido de aumentar dicha cuantía percibida con el valor medio real de la variación porcentual interanual del IPC, que ha sido del 1,7%, una vez deducido del mismo un 1,6%.
Las cuantías de las pensiones para 2019 son:
– no concurrentes: 6.071,80 €/año;
– concurrentes con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social o con alguna de estas pensiones y, además, con cualquier otra pensión pública de viudedad: 5.894,00 €/año.
Las cuantías aplicables en 2018 consolidadas:
– no concurrentes: 5.894,00 €/año;
– concurrentes con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social o con alguna de estas pensiones y, además, con cualquier otra pensión pública de viudedad: 5.721,80 €/año.
Actualidad jurídica
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