Se modifica la organización de las consellerías de la Generalitat atribuyéndose competencias en materia ordenación del territorio y medio ambiente a la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, que se configura como el máximo órgano responsable del Consell en materia de obras públicas, ordenación del territorio y del litoral, vivienda y calidad de la edificación, transportes, puertos y aeropuertos, medio ambiente, paisaje y cambio climático.
Se organiza en los siguientes órganos directivos:
a) Secretaría autonómica de infraestructuras y transporte: Sus competencias son las relativas a obras públicas, transportes y logística, puertos, costas, aeropuertos, actuaciones propias en materia de suelo, incluyendo las referidas a suelo industrial; arquitectura, proyectos urbanos y equipamientos, vivienda y calidad de la edificación.
b) Secretaría autonómica de territorio, medio ambiente y paisaje: es el órgano superior que ejerce las competencias que se le atribuyen en materia de ordenación, planificación y actuaciones territoriales estratégicas, paisaje, espacios naturales y biodiversidad, evaluación ambiental, coordinación territorial, cartografía, urbanismo, calidad ambiental, residuos y cambio climático.
c) Subsecretaría.
d) Dirección general de obras públicas, proyectos urbanos y vivienda: ejerce las competencias en materia de infraestructuras públicas, arquitectura, proyectos y actuaciones urbanas, equipamientos, vivienda y calidad de la edificación, gestión y coordinación del patrimonio público de vivienda, planes de vivienda, suelo y actuaciones concertadas con entes locales en materia de patrimonio urbano y plan de mejora municipal.
e) Dirección general de transportes y logística: tiene atribuidas las competencias relacionadas con las materias de planificación y logística del transporte, planificación, coordinación y ejecución de la oferta intermodal del transporte en la Comunitat Valenciana, seguridad vial, seguridad y ordenación del transporte; administración de costas, planificación de puertos e infraestructuras portuarias de competencia autonómica, así como la gestión y explotación de los mismos; aeropuertos; gestión de la red de transportes y movilidad metropolitana.
f) Dirección general del medio natural: ejerce las competencias relacionadas con los espacios naturales y biodiversidad, gestión forestal y vías pecuarias, caza, pesca deportiva y gestión de parques naturales.
g) Dirección general de evaluación ambiental y territorial: competencias propias en materia de evaluación ambiental estratégica y de proyectos, ordenación del territorio y del litoral, urbanismo, coordinación territorial e inspección de urbanismo.
h) Dirección general de calidad ambiental: se le atribuye competencia en materia de calidad y educación ambiental, residuos, control de la contaminación, protección del medio ambiente atmosférico, intervención administrativa ambiental, inspección medioambiental y cambio climático
Quedan adscritas a la Consellería las siguientes entidades:
Entidades de derecho público | – Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) – Entidad de infraestructuras de la Generalitat (EIGE) |
Organismo autónomo | Instituto cartográfico valenciano |
Sociedades mercantiles | – Instituto valenciano de vivienda, SA (IVVSA) – Valenciana de aprovechamiento energético de residuos, SA (VAERSA) |
Asimismo en cada una de las capitales de las provincias de Alicante, Castellón y Valencia debe existir una dirección territorial de infraestructuras, territorio y medio ambiente, bajo la dependencia orgánica de la Subsecretaría y con competencia en el territorio de la provincia respectiva.
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