La orden de referencia aprueba, respecto a los municipios incluidos en el anexo I de la misma, la actualización de los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar, por referencia al mismo, el valor real de determinados bienes inmuebles de naturaleza urbana radicados en el territorio de esta Comunidad Autónoma, a efectos de la liquidación de los hechos imponibles del ITP y AJD y del ISD devengados o que se devenguen durante el ejercicio 2014.
También aprueba, respecto de los municipios incluidos en el anexo II, los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar, por referencia al mismo, el valor real de bienes inmuebles de naturaleza urbana con construcciones cuyas tipologías constructivas sean de los siguientes usos: oficinas, almacenamiento, comercial e industrial (con excepción de los bienes de interés cultural, mercados y supermercados, industrias fabriles y servicios de transportes), a efectos de la liquidación de los impuestos antes citados, devengados o que se devenguen durante el ejercicio 2014.
La regulación y la metodología empleada para la obtención de los coeficientes es la establecida en la O Aragón 23-8-2012, entendiéndose efectuadas las referencias a los ejercicios 2010, 2011 y 2012 al ejercicio 2014.
Mediante la presente orden también se efectúa la incorporación de municipios al método de valoración por precios medios de mercado; en particular, se incorpora el municipio de Sariñena a la O Aragón 16-5-2013 anexo II. Asimismo se recogen una serie de especiales aplicables a determinados municipios.
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