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Cataluña. Departamento de Territorio y Sostenibilidad

La organización y estructuración de los Departamentos de Territorio y Sostenibilidad y de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural es objeto de las siguientes reformas:

Dirección General de Montes

En relación con la misma, se le atribuyen las funciones relativas a:
a) La formulación de las directrices relativas a la conservación y gestión del patrimonio forestal, evaluar su grado de conservación, la protección, la prevención de incendios forestales y asumir, cuando proceda, su restauración y mejora.
b) Diseñar y dirigir actuaciones en materia de protección, prevención de incendios forestales y fomento de los terrenos forestales, así como llevar a cabo acciones encaminadas a la protección y preservación de los terrenos forestales y la aprobación de planes de mejora para el desarrollo de las actividades forestales.
c) Potenciar la gestión forestal y el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y establecer las directrices para la gestión de los montes de utilidad pública, protectoras y patrimoniales, así como las relativas a la ordenación y mejora de los recursos forestales y de los pastos (D Cataluña 270/2013 art.55.1 y 2).

Dirección General de Políticas Ambientales

Se reestructura el Departamento de Territorio y Sostenibilidad, atribuyendo a la Dirección General de Políticas Ambientales las funciones siguientes (D Cataluña 342/2011 art.119 ):
a) Ejercer las competencias que corresponden al Departamento como órgano ambiental en materia de evaluación ambiental de planes y programas, de acuerdo con la normativa vigente.
b) Dirigir funcionalmente las oficinas territoriales de acción y evaluación ambiental y las oficinas de medio ambiente.
c) Prestar apoyo a la ponencia ambiental en relación con la evaluación de impacto ambiental de los proyectos de infraestructuras y de actividades sometidas al régimen de declaración de impacto ambiental con una autorización sustantiva.
d) Impulsar y formular estrategias, planes, proyectos y actuaciones que fomenten un desarrollo sostenible de Cataluña, fomentar la incorporación de los objetivos y de los criterios internacionales y europeos de desarrollo sostenible a las políticas sectoriales y desarrollar instrumentos para su seguimiento y evaluación.
e) Promover proyectos e iniciativas de investigación, desarrollo tecnológico e innovación (I+D+i) en materia de medio ambiente y sostenibilidad en coordinación con los ámbitos departamentales que le correspondan, y ejercer en esta materia la valoración y el impulso de la transferencia de I+D+i de la Secretaría de Medio Ambiente y Sostenibilidad.
f) Impulsar la cohesión de los agentes públicos y privados en materia de I+D+i del ámbito de medio ambiente y sostenibilidad para facilitar la priorización estratégica, la detección de necesidades y la identificación de tendencias emergentes en I+D+i.
g) Formular y promover políticas, planes, programas y actividades dirigidos al fomento de la economía y la ocupación verde, promover y difundir la utilización de las energías renovables y las medidas de ahorro energético.
h) Promover planes, programas y actividades dirigidos a la educación, la investigación y la formación ambiental y fomentar las actitudes, las prácticas y el uso de recursos, productos y servicios basados en criterios de sostenibilidad, en coordinación con los entes locales, así como impulsar proyectos y actuaciones para fortalecer el tercer sector ambiental.
i) Velar para la coordinación de la acción pública de la Secretaría de Medio Ambiente y Sostenibilidad y los órganos que tiene adscritos, los de la Administración de la Generalidad y los entes locales de Cataluña en materia de sensibilización ambiental, promoción, información y educación para la sostenibilidad.
j) Velar por el acceso a la información ambiental que esté en poder de las autoridades públicas o de otros organismos que la tengan en su nombre y garantizar la participación ciudadana en las políticas ambientales.
k) Impulsar en Cataluña el establecimiento de estrategias, planes y proyectos en materia de cambio climático, sobre la base de los compromisos adoptados por el Estado español y la Unión Europea y velar por la integración de la adaptación al cambio climático de las políticas sectoriales, y por el impulso de proyectos y actuaciones concertadas con otros gobiernos en materia de políticas climáticas.
l) Formular la planificación estratégica sobre las políticas de biodiversidad y medio natural, y ejercer en esta materia la adecuada representación ante la Administración del Estado y, bajo la coordinación de la Secretaría de Asuntos Exteriores, ante las instituciones de la Unión Europea y las organizaciones internacionales.
m) Formular directrices, elaborar y tramitar propuestas normativas relativas al medio natural y la biodiversidad, hacer su evaluación y seguimiento.
n) Impulsar las acciones llevadas a cabo por la sociedad civil y los entes locales en las materias que sean de su competencia y prestarles apoyo, y promover la custodia del territorio en Cataluña.
o) Diseñar, dirigir, planificar y gestionar el sistema de espacios naturales protegidos de Cataluña, y formular y tramitar las declaraciones de espacios naturales protegidos.
p) Formular y tramitar los instrumentos de planificación y gestión de los espacios naturales protegidos, de la conectividad ecológica, y de la protección de los hábitats, de las especies y del patrimonio geológico.
q) Ejercer las funciones de autoridad ambiental de la red Natura 2000.
r) Diseñar y dirigir las medidas y actuaciones en materia de flora, fauna, salvo la fauna cinegética y piscícola, y los sistemas naturales de Cataluña.
s) Diseñar y dirigir las medidas y actuaciones en materia de fauna y flora alóctona.
t) Promover, en relación con la biodiversidad y el patrimonio natural, la información, la investigación aplicada, la divulgación, la integración en las políticas relativas al cambio climático y otras políticas, la definición de nuevos instrumentos económicos y, bajo la coordinación de la Secretaría de Asuntos Exteriores, la cooperación internacional.
u) Coordinar la participación de la Secretaría de Medio Ambiente y Sostenibilidad en la política ambiental europea, de acuerdo con la Secretaría de Asuntos Exteriores, a través de los mecanismos que establecen la Unión Europea y el Estado español.
v) Impulsar, coordinar y realizar el seguimiento de las relaciones bilaterales, transfronterizas e interregionales, de política internacional y de cooperación, que sean de interés para la Secretaría de Medio Ambiente y Sostenibilidad dentro de su ámbito competencial, de acuerdo con la Secretaría de Asuntos Exteriores, y en coordinación con el Gabinete Técnico.
w) Llevar a cabo acciones encaminadas a la protección y preservación del medio natural para evitar acciones que pueda lesionar sus valores.
x) Ejercer la potestad sancionadora en el ámbito de sus competencias.
y) Dirigir funcionalmente los Servicios Territoriales del Departamento, en lo que le corresponda en razón de la materia.
z) Cualquier otra función de naturaleza análoga que se le encomiende.
De la Dirección General de Políticas Ambientales dependen los órganos siguientes:
• Subdirección General de Evaluación Ambiental.
• Subdirección General de Información y Educación Ambiental.
• Oficina Catalana del Cambio Climático.
• Subdirección General de la Biodiversidad. De ella dependen :
– el Servicio de Planificación del Entorno Natural,
– el Servicio de Espacios Naturales Protegidos (dependientes de él, la Sección de Gestión de Espacios Naturales y la Sección de Seguimiento de Actuaciones en los Espacios Naturales), y
– el Servicio de biodiversidad y protección de los animales.

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