En Cantabria el tipo de gravamen general, en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, del ITP y AJD sube, con efectos desde 1-1-2018, del 8% al 10%.
Este tipo de gravamen se aplica con carácter general, en la transmisión de bienes inmuebles, así como en la constitución y en la cesión de derechos reales que recaigan sobre los mismos, excepto en los derechos reales de garantía. No obstante, a los sujetos pasivos cuya base imponible del IRPF del periodo inmediatamente anterior a la realización del hecho imponible, antes de las reducciones por mínimo personal y familiar, sea inferior a 30.000 euros se les aplica un tipo del 8% para los precitados hechos imponibles.
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