Con efectos a partir del 1-1-2020 se establece lo siguiente:
a) Se aprueba el modelo L13 Solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de pago (OF Bizkaia 2291/2019 anexo I) que presenta las siguientes características:
1. Este modelo se debe presentar de forma obligatoria por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia. El declarante o, en su caso, el presentador autorizado para actuar en representación de terceras personas deben, por un lado, tener acceso como usuarios del Servicio BizkaiBai, para la utilización de medios electrónicos en las relaciones con el Departamento de Hacienda y Finanzas y, por otro, transmitir los ficheros generados a tal fin en formato electrónico.
2. Si se detectan anomalías de tipo formal en la cumplimentación electrónica, esta circunstancia se ha de poner en conocimiento del declarante por el propio sistema mediante los correspondientes mensajes de error, para que proceda a su subsanación.
3. El procedimiento para la presentación electrónica de este modelo se regula en la OF Bizkaia 2291/2019 art.7.
4. A partir del 1-1-2021, las personas físicas que no ejerzan actividades económicas deben realizar obligatoriamente la presentación de este modelo a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia (DF Bizkaia 125/2019 disp.trans.3ª).
b) Se aprueba el modelo AS1 Justificante de la aportación de la información y documentación requerida en solicitud de aplazamiento (OF Bizkaia 2291/2019 anexo II).
La información y/o documentación referida en el DF Bizkaia 125/2019 art.27 debe presentarse de forma obligatoria junto con el modelo L13 y exclusivamente por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
El procedimiento para la presentación electrónica de la información y/o documentación se regula en la OF Bizkaia 2291/2019 art.7.
Esta información y/o documentación debe presentarse en el plazo de 10 días naturales contados desde la presentación del modelo L13 Solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de pago.
Si la información y/o documentación no se aporta en el plazo indicado, las solicitudes se consideran inadmitidas.
c) Se aprueba el modelo PV1 Plan de Viabilidad (OF Bizkaia 2291/2019 anexo III). En el primer trimestre del año natural se debe informar sobre el cumplimiento del plan de viabilidad presentado con la solicitud de aplazamiento.
NOTA
De conformidad con lo dispuesto en el DF Bizkaia 62/2015 disp.trans.1ª y en el DF Bizkaia 205/2008 disp.trans.4ª, las referencias que se contienen en la OF Bizkaia 2291/2019 a la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia deben entenderse realizadas al Servicio BizkaiBai al que se refiere el DF Bizkaia 112/2009 art.42 s. (OF Bizkaia 2291/2019 disp.trans.1ª).
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