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Andorra. Cambio climático

La ley para el impulso de la transición energética y del cambio climático tiene por objeto promover la transición energética y la eficiencia energética con la finalidad de luchar contra el cambio climático y favorecer la adaptación de la sociedad a los solos efectos de disminuir la dependencia energética y reforzar la competitividad de la economía.
Las finalidades de la política energética y de lucha contra el cambio climático son preservar la salud humana, el medio ambiente y las actividades socioeconómicas reduciendo los efectos del cambio climático sobre los ciudadanos y la exposición a la contaminación atmosférica, diversificando las fuentes de suministro energético, reduciendo combustibles fósiles y aumentando las energías renovables, potenciando la eficiencia energética, garantizando la seguridad del suministro energético, reduciendo la dependencia de las importaciones de energía, manteniendo un precio de la energía competitiva, avanzando hacia una sociedad mejor adaptada al cambio climático y favoreciendo el desarrollo y la difusión de la innovación, de las nuevas tecnologías y de los comportamientos aceleradores de la transición energética y de lucha y adaptación en relación con el cambio climático.
Para ello se adoptan medidas urbanísticas y constructivas creándose el uso energético como una nueva tipología de uso en el planeamiento urbanístico. Engloba las categorías de producción de energía eléctrica de fuentes renovables, de producción de energía de otras fuentes, así como los otros usos energéticos; asimismo comprende las actividades que se detallan en el Reglamento de la construcción.
Todas las actividades, obras, proyectos y construcciones vinculadas al uso energético son permitidas como usos provisionales de acuerdo con los términos previstos en LGOTU.
En el diseño de las carreteras o viales ha de incorporarse la definición y la previsión de las redes de calor previstas por los instrumentos de ordenación del Gobierno y de los comunes, así como las previsiones teóricas de ramificación de los edificios. Además la información relativa al trazado y a las características de las correspondientes galerías técnicas y de las redes de calor debe incorporarse a los proyectos de planes parciales y de planes especiales.

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