Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Adquisición de inmueble mediante subasta por un copropietario (RF 28/24 09 de Julio de 2024 al 15 de Julio de 2024)

5 
Una entidad adquiere mediante subasta judicial un inmueble del que ya era copropietaria de un tercio. A efectos de la tributación por ITP y AJD, constituyen hecho imponible las transmisiones onerosas por actos inter vivos de toda clase de bienes y derechos que integren el patrimonio de las personas físicas o jurídicas. Dado que el inmueble no se ha adjudicado a uno de los copropietarios por acuerdo de los mismos, sino que ha adquirido el porcentaje perteneciente al resto de los comuneros mediante subasta pública, queda sujeta a tributación por la modalidad TPO, al tratarse de una transmisión onerosa de un bien por acto inter vivos. Esto excluye que pueda considerarse que se haya producido por tanto ninguna disolución de comunidad de bienes, por lo que no procede tributar por la modalidad AJD.En cuanto a la base imponible, como lo que se adquiere son los dos tercios del inmueble que no son de su propiedad -dado que el tercio restante ya le pertenecía-, viene determinada por la cantidad resultante de multiplicar el importe obtenido (valor de adquisición) por dos tercios. DGT CV 23-4-24EDD 2024/558941

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).