En la resolución del ICAC sobre criterios de registro y valoración correspondientes al inmovilizado intangible, en relación con la valoración posterior destaca que para el cálculo de la amortización con carácter general se considera que el valor residual de estos elementos es nulo.
En la resolución del ICAC sobre criterios de registro y valoración correspondientes al inmovilizado intangible, en relación con las reglas particulares destaca la regulación de la propiedad intelectual, el contrato de franquicia y otros inmovilizados intangibles.
Durante los ejercicios 2013 y 2014 las entidades que no tengan la consideración de empresa de reducida dimensión sólo pueden deducirse el 70% de los gastos contables por amortización.
Para los períodos impositivos iniciados en 2012 y 2013 se reduce el importe máximo deducible en concepto de inmovilizado intangible de vida útil indefinida al 2% del precio de adquisición originario.