Venta de participaciones preferentes

Un contribuyente acepta una oferta de compra de unas participaciones preferentes, aplicándose el importe recibido a la simultánea suscripción de acciones de un banco, el cual abona unos pagos diferidos siempre y cuando se mantengan ininterrumpidamente las acciones adquiridas. Tanto las rentas derivadas de las participaciones preferentes, como los pagos diferidos recibidos de la entidad bancaria, se califican como rendimientos del capital mobiliario.