Inaplicabilidad de la doctrina de la unidad esencial del vínculo laboral a los trabajos fijos dicontinuos

La doctrina unificada del TS sobre la unidad esencial del vínculo laboral no es de aplicación cuando se trata de una relación laboral de carácter fijo discontinuo o a tiempo parcial mediante trabajos discontinuos que se repiten en fechas ciertas.