Requisitos de inversión en las SOCIMI

Cuando un
a SOCIMI mantiene un importante volumen de efectivo y otros activos líquidos pendientes de inversión, provenientes de una ampliación de capital y de una financiación bancaria realizadas con el fin de ampliar y mejorar su portfolio de activos inmobiliarios, no deberían interferir en el cómputo del porcentaje del valor del activo de la L 11/2009 art.3.1, de manera que deben distribuirse proporcionalmente entre el valor del activo correspondiente a inmuebles y participaciones en el capital o patrimonio de otras entidades a que se refiere la L 11/2009 art.2.1, y el valor de los demás activos, con objeto de que su efecto sea neutral.