Régimen transitorio de la reducción de las rentas de la explotación de la propiedad intelectual o industrial. IS

Se modifica el régimen transitorio de la reducción por explotación de la propiedad intelectual o industrial para impedir que los contribuyentes lo apliquen a los activos intangibles que se adquieran de partes vinculadas después del 1-1-2016, salvo que la transmisión se hubiese realizado por motivos económicos válidos y la transmitente también hubiese podido aplicar este régimen transitorio u otro similar.