Con el objetivo de dar tratamiento similar entre residentes y no residentes en otros Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo a efectos del IP, con efectos desde el 1-1-2015, se recoge que a estos últimos les es de aplicación la normativa aprobada por la Comunidad Autónoma donde radique el mayor valor de sus bienes y derechos de los que sean titulares cuando los mismos estén situados, pudieran ejercitarse o hubieran de cumplirse en territorio español.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios