En consonancia con el ámbito estatal, se modifica en Gipuzkoa el Reglamento del IRPF en materia de retenciones sobre los rendimientos de actividades profesionales. Así, con efectos desde el 1-9-2012 y carácter definitivo, se elevan los tipos de retención aplicables a los rendimientos de actividades profesionales, pasando de un 15 y 7% a un 19 y 9%, respectivamente; asimismo, carácter transitorio, desde el 1-9-2012 hasta el 31-12-13, se eleva hasta el 21% el tipo de retención aplicable a los rendimientos de actividades profesionales sujetos en principio al 19%.
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