Se atribuyen a las jefaturas territoriales de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras las competencias para tramitar las siguientes cuestiones en relación con los residuos y los suelos contaminados:
a) Comunicaciones previas a la instalación, ampliación, modificación sustancial o traslado de industrias o actividades que produzcan residuos ex L Galicia 22/2011.
b) Las comunicaciones previas al ejercicio de actividades de recogida de residuos sin instalación asociada, transporte profesional de residuos, negociación y agencia, así como de las actividades de eliminación o valorización de residuos que puedan ser eximidas de la obtención de autorización de gestión ex L Galicia 22/2011 art.28.
Corresponde a la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental la competencia para tramitar las comunicaciones previas asociadas a instalaciones cuando la persona titular disponga de varias instalaciones situadas en distintas provincias gallegas y tenga su sede social fuera de Galicia.
Actualidad jurídica
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