La certificación de la eficiencia energética de los edificios de nueva construcción se regula por D País Vasco 240/2011, que prevé la inscripción en el Registro de dichos certificados de eficiencia energética, a fin de garantizar la necesaria publicidad de los mismos. La regulación de este Registro se realiza por la presente norma, que establece el procedimiento de inscripción de mencionados certificados de eficiencia energética de edificios, la tramitación electrónica y la forma de acceso a la información obrante en el Registro.
Son objeto de inscripción en el registro:
– el certificado de eficiencia energética del proyecto;
– el certificado de eficiencia energética del edificio terminado;
– la renovación o actualización de otros certificados de eficiencia energética anteriores;
– la cancelación de la inscripción de cualquiera de los anteriores;
– los certificados de eficiencia energética de las viviendas, locales o partes certificadas de forma independiente, pertenecientes al mismo edificio así como sus renovaciones, actualizaciones o cancelaciones.
Actualidad jurídica
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