En el ámbito estatal, la L 4/2008 derogó el gravamen del IP, con efectos desde el 1-1-2008, al establecer una bonificación estatal del 100% sobre la cuota íntegra del Impuesto.
El Impuesto se restableció con efectos exclusivamente para los ejercicios 2011 y 2012, cuyas declaraciones se han de presentar en 2012 y 2013, respectivamente, si bien se preveía la supresión del gravamen por el Impuesto con efectos desde el 1-1-2013 (RDL 13/2011).
Ahora, se prorroga durante el año 2013 la vigencia del Impuesto, al establecer que será a partir del 1-1-2014 cuando:
– volverá a estar en vigor la bonificación estatal del 100% sobre la cuota íntegra del impuesto tanto para los sujetos pasivos por obligación personal o real de contribuir;
– quedarán derogadas las normas relativas a los representantes de los sujetos pasivos no residentes, bonificación de la cuota en Ceuta y Melilla, autoliquidación, personas obligadas a presentar la declaración y presentación de la declaración.
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