Actualidad jurídica Suscríbase vía email

País Vasco. Departamento de medio ambiente y política territorial

El departamento de medio ambiente y política territorial tiene encomendadas las siguientes competencias:
– ordenación del territorio y del litoral;
– medio ambiente;
– aguas;
– canales y regadíos;
– ordenación de recursos naturales y conservación de la naturaleza;
– suelo y urbanismo;
– ferrocarriles;
– red viaria;
– transportes terrestres, marítimos, fluviales y por cable;
j) helipuertos y aeropuertos;
k) puertos y asuntos marítimos.
Se estructura en los órganos siguientes:

Órganos centrales
Consejería de Medio Ambiente y Política territorial:
a) La resolución de los conflictos de atribuciones entre órganos del propio departamento y el planteamiento de cuestiones de competencia con otros departamentos y organismos.
b) La autorización de convenios y acuerdos.
c) La resolución de expedientes de reclamación patrimonial.
d) La aprobación de los planes de ordenación urbanística en desarrollo del planeamiento urbanístico.
e) La aprobación de los planes, programas y actuaciones significativas.
Viceconsejería de Administración y Planificación territorial:
a) Coordinar las viceconsejerías del departamento para promover la estrategia territorial.
b) Impulsar la planificación de la actuación del departamento.
c) Coordinar la actuación del departamento.
d) Promover e impulsar la elaboración y tramitación de los instrumentos de ordenación territorial y cualesquiera instrumentos de planificación territorial.
e) Promover la elaboración de normativa en materia de ordenación del territorio, paisaje, suelo y urbanismo.
f) Elevar a la Consejería, para la aprobación definitiva, los instrumentos de ordenación urbanística cuya aprobación competa al Gobierno Vasco, así como los que desarrollen determinaciones de planeamiento territorial.
g) Promover la información territorial a través de herramientas estratégicas como la Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) de Euskadi y la cartografía oficial básica del Gobierno Vasco.
h) Coordinar las cuestiones relacionadas con el presupuesto, con la contratación, con asuntos jurídicos y con la elaboración de disposiciones de carácter general en el ámbito competencial del Departamento.
i) Iniciar y resolver los expedientes sancionadores.
j) Promover fórmulas participativas.
k) Participar activamente en las iniciativas transversales y actuaciones comunes de la administración.
l) Promover la normalización del uso del euskera.
m) coordinar las actuaciones en materia de comunicación, participacióin y transparencia.
Órganos dependientes:
1. – Dirección de servicios.
2. – Dirección de planificación territorial y urbanismo: Le corresponden las siguientes funciones:
– promover, elaborar, tramitar y, en su caso, modificar y revisar los instrumentos de ordenación del territorio, salvo atribuciones a otros órganos;
– promocionar la ordenación y protección del paisaje en el ámbito de los instrumentos de ordenación;
– elaborar los proyectos normativos en materias que le sean propias;
– tramitar los instrumentos de ordenación urbanística;
– elaborar las ponencias técnicas sobre los instrumentos de ordenación del territorio y ordenación urbanística;
– proporcionar el apoyo técnico a la Comisión de ordenación del territorio y al Consejo asesor de política territorial;
– elaborar las propuestas de acuerdo a adoptar por el Consejo de Gobierno;
– gestionar el Registro vasco de planeamiento;
– ejercer la inspección urbanística y las facultades propias de la disciplina urbanística;
– promover acciones específicas de regeneración territorial;
– tramitar los expedientes de expropiación;
– promover y coordinar la infraestructura de datos especiales de Euskadi;
– elaborar la cartografía oficial básica del Gobierno Vasco;
– coordinar la producción de información geográfica;
– divulgar y proporcionar asistencia técnica en materia de cartografía;
– ejecutar y realizar el seguimiento de los convenios e instrumentos de cooperación con otras administraciones;
– elaborar dictámenes, informes y estudios en las áreas funcionales;
– instruir los expedientes sancionadores
Viceconsejería de Medio Ambiente:
a) Planificar, programas y coordinar la política ambiental.
b) Promover la elaboración de normativa en materia de medio ambiente y aguas.
c) Diseñar y desarrollar instrumentos dirigidos a la prevención, protección y recuperación ambiental.
d) Formular políticas para la adaptación y lucha contra el cambio climático.
e) Ordenar actividades con incidencia en el medio ambiente.
f) Otorgar autorizaciones y resoluciones atribuidas a su ámbito competencial.
g) Participar en foros de encuentro en materia de medio ambiente.
h) Fomentar la información ambiental.
i ) Impulsar actuaciones de sensibilización y concienciación en materia ambiental.
j) Coordinar las actuaciones de sostenibilidad ambiental.
Órganos dependientes:
1. – Dirección de administración ambiental:
– tramitar, elaborar la propuesta de autorización y realización del seguimiento de las autorizaciones ambientales integradas, así como emitir el informe de imposición de medidas correctoras en los procedimientos de concesión de licencia de actividades clasificadas;
– tramitar y resolver los procedimientos de evaluación ambiental estratégica de planes y programas y procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos;
– tramitar y resolver los procedimientos ambientales a los que se sujeten las siguientes: actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y la evaluación y control de la calidad del medio ambiente atmosférico, actividades de producción y gestión de residuos, procedimientos de evaluación de la calidad del suelo, de evaluación de la calidad del suelo, de responsabilidad ambiental y de autorización de emisión de gases de efecto invernadero;
– tramitar y proponer la inscripción en el sistema comunitario de gestión y auditorías medioambientales;
– tramitar y resolver los procedimientos de concesión de etiqueta ecológica de la Unión Europea y los procedimientos ambientales a que se sujetan las entidades de colaboración ambiental;
– realizar las labores de vigilancia e inspección ambiental, así como fiscalizar el control ambiental;
– impulsar la aplicación sobre los procesos productivos de técnicas para la prevención, reducción y mitigación de las repercusiones sobre el medio ambiente mediante la gestión de los fondos y ayudas correspondientes;
– proporcionar el asesoramiento jurídico y elaborar los proyectos normativos en materias propias de la Dirección, en coordinación con la Dirección de servicios;
– coordinar la gestión y el despliegue de los procedimientos y servicios electrónicos del área de medio ambiente;
– instruir los expedientes sancionadores,
– realizar la gestión administrativa del Registro de instalaciones con incidencia ambiental;
– ejecutar y realizar el seguimiento de los convenios y los instrumentos de cooperación con otras administraciones y demás personas públicas o privadas;
– elaborar dictámenes, informes y estudios.

2. – Dirección de medio natural y planificación ambiental: se le atribuyen las siguientes funciones:
– elaborar la política ambiental recogida en la estrategia ambiental vasca de desarrollo sostenible y en el programa marco ambiental del País Vasco;
– elaborar estudios, informes, planes y estrategias dirigidos a la conservación y protección del medio natural y al uso sostenible de los recursos;
– elaborar, tramitar y revisar los planes de ordenación de los recursos naturales;
– proponer la declaración de espacios naturales protegidos y los lugares de la Red ecológica europea Natura 2000;
– emprender las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la Red de espacios naturales protegidos;
– elaborar la memoria sobre el estado del medio ambiente y de los indicadores ambientales;
– promover y controlar las acciones para cumplir lo dispuesto en L País Vasco 5/1989;
– gestionar el catálogo vasco de especies amenazadas de la fauna y flora, silvestre y marina y el de especies invasoras;
– promover las actividades de I+D y elaborar planes para ejecutar acciones en el ámbito de la educación, formación y sensibilización ambiental;
– impulsar la sostenibilidad en el medio ambiente y gestionar la información ambiental y su acceso;
– elaborar los proyectos normativos y ejecutar y realizar el seguimiento de los convenios y los instrumentos de cooperación;
– elaborar dictámenes relativos a las áreas funcionales de la Dirección;
– instruir los expedientes sancionadores;
– proporcionar el apoyo técnico preciso por otros órganos.

Viceconsejería de transportes:
– Dirección de Infraestructuras del Transporte.
– Dirección de Planificación del Transporte.
Órganos periféricos
Servicios territoriales de Medio Ambiente:
– elaboran la propuesta de informe de imposición de medidas correctoras en los procedimientos de concesión de licencia de actividades clasificadas;
– realizan las labores de vigilancia, inspección y control ambiental.
Servicio de reserva de la biosfera de Urdaibai
Servicios territoriales de puertos
Órganos colegiados
Comisión ambiental del País Vasco
Consejo asesor de Medio ambiente
Patrionato de la Reserva de la biosfera de Urdaibai
Consejo de cooperación de la reserva de la biosfera de Urdaibai
Consejo asesor de conservación de la naturaleza del País Vasco-Naturzaintza
Comisión de ordenación del territorio del País Vasco
Consejo asesor de política territorial
Comisión del plan general de carreteras del País Vasco
Consejos asesores de puertos
Órgano consultivo de puertos de Euskadi
Autoridad del transporte de Euskadi

Dentro de la Administración institucional y del sector público se incluyen los siguientes entes:
Entes públicos de Derecho privado
Uraren Euskal Agentzia / Agencia Vasca del Agua
Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea
Sociedades públicas
Ihobe, S.A., Sociedad Pública de Gestión Ambiental
Eusko Trenbideak / Ferrocarriles Vascos, S.A
Euskotren Participaciones, S.A.
Euskadiko Kirol Portua, S.A.
Zumaiako Kirol Portua, S.A.
Fundación Burdinbidearen Euskal Museoaren Fundazioa / Fundación Museo Vasco del Ferrocarril

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).