El departamento de medio ambiente y política territorial tiene encomendadas las siguientes competencias:
– ordenación del territorio y del litoral;
– medio ambiente;
– aguas;
– canales y regadíos;
– ordenación de recursos naturales y conservación de la naturaleza;
– suelo y urbanismo;
– ferrocarriles;
– red viaria;
– transportes terrestres, marítimos, fluviales y por cable;
j) helipuertos y aeropuertos;
k) puertos y asuntos marítimos.
Se estructura en los órganos siguientes:
Órganos centrales | Consejería de Medio Ambiente y Política territorial: a) La resolución de los conflictos de atribuciones entre órganos del propio departamento y el planteamiento de cuestiones de competencia con otros departamentos y organismos. b) La autorización de convenios y acuerdos. c) La resolución de expedientes de reclamación patrimonial. d) La aprobación de los planes de ordenación urbanística en desarrollo del planeamiento urbanístico. e) La aprobación de los planes, programas y actuaciones significativas. |
Viceconsejería de Administración y Planificación territorial: a) Coordinar las viceconsejerías del departamento para promover la estrategia territorial. b) Impulsar la planificación de la actuación del departamento. c) Coordinar la actuación del departamento. d) Promover e impulsar la elaboración y tramitación de los instrumentos de ordenación territorial y cualesquiera instrumentos de planificación territorial. e) Promover la elaboración de normativa en materia de ordenación del territorio, paisaje, suelo y urbanismo. f) Elevar a la Consejería, para la aprobación definitiva, los instrumentos de ordenación urbanística cuya aprobación competa al Gobierno Vasco, así como los que desarrollen determinaciones de planeamiento territorial. g) Promover la información territorial a través de herramientas estratégicas como la Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) de Euskadi y la cartografía oficial básica del Gobierno Vasco. h) Coordinar las cuestiones relacionadas con el presupuesto, con la contratación, con asuntos jurídicos y con la elaboración de disposiciones de carácter general en el ámbito competencial del Departamento. i) Iniciar y resolver los expedientes sancionadores. j) Promover fórmulas participativas. k) Participar activamente en las iniciativas transversales y actuaciones comunes de la administración. l) Promover la normalización del uso del euskera. m) coordinar las actuaciones en materia de comunicación, participacióin y transparencia. Órganos dependientes: 1. – Dirección de servicios. 2. – Dirección de planificación territorial y urbanismo: Le corresponden las siguientes funciones: – promover, elaborar, tramitar y, en su caso, modificar y revisar los instrumentos de ordenación del territorio, salvo atribuciones a otros órganos; – promocionar la ordenación y protección del paisaje en el ámbito de los instrumentos de ordenación; – elaborar los proyectos normativos en materias que le sean propias; – tramitar los instrumentos de ordenación urbanística; – elaborar las ponencias técnicas sobre los instrumentos de ordenación del territorio y ordenación urbanística; – proporcionar el apoyo técnico a la Comisión de ordenación del territorio y al Consejo asesor de política territorial; – elaborar las propuestas de acuerdo a adoptar por el Consejo de Gobierno; – gestionar el Registro vasco de planeamiento; – ejercer la inspección urbanística y las facultades propias de la disciplina urbanística; – promover acciones específicas de regeneración territorial; – tramitar los expedientes de expropiación; – promover y coordinar la infraestructura de datos especiales de Euskadi; – elaborar la cartografía oficial básica del Gobierno Vasco; – coordinar la producción de información geográfica; – divulgar y proporcionar asistencia técnica en materia de cartografía; – ejecutar y realizar el seguimiento de los convenios e instrumentos de cooperación con otras administraciones; – elaborar dictámenes, informes y estudios en las áreas funcionales; – instruir los expedientes sancionadores | |
Viceconsejería de Medio Ambiente: a) Planificar, programas y coordinar la política ambiental. b) Promover la elaboración de normativa en materia de medio ambiente y aguas. c) Diseñar y desarrollar instrumentos dirigidos a la prevención, protección y recuperación ambiental. d) Formular políticas para la adaptación y lucha contra el cambio climático. e) Ordenar actividades con incidencia en el medio ambiente. f) Otorgar autorizaciones y resoluciones atribuidas a su ámbito competencial. g) Participar en foros de encuentro en materia de medio ambiente. h) Fomentar la información ambiental. i ) Impulsar actuaciones de sensibilización y concienciación en materia ambiental. j) Coordinar las actuaciones de sostenibilidad ambiental. Órganos dependientes: 1. – Dirección de administración ambiental: – tramitar, elaborar la propuesta de autorización y realización del seguimiento de las autorizaciones ambientales integradas, así como emitir el informe de imposición de medidas correctoras en los procedimientos de concesión de licencia de actividades clasificadas; – tramitar y resolver los procedimientos de evaluación ambiental estratégica de planes y programas y procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos; – tramitar y resolver los procedimientos ambientales a los que se sujeten las siguientes: actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y la evaluación y control de la calidad del medio ambiente atmosférico, actividades de producción y gestión de residuos, procedimientos de evaluación de la calidad del suelo, de evaluación de la calidad del suelo, de responsabilidad ambiental y de autorización de emisión de gases de efecto invernadero; – tramitar y proponer la inscripción en el sistema comunitario de gestión y auditorías medioambientales; – tramitar y resolver los procedimientos de concesión de etiqueta ecológica de la Unión Europea y los procedimientos ambientales a que se sujetan las entidades de colaboración ambiental; – realizar las labores de vigilancia e inspección ambiental, así como fiscalizar el control ambiental; – impulsar la aplicación sobre los procesos productivos de técnicas para la prevención, reducción y mitigación de las repercusiones sobre el medio ambiente mediante la gestión de los fondos y ayudas correspondientes; – proporcionar el asesoramiento jurídico y elaborar los proyectos normativos en materias propias de la Dirección, en coordinación con la Dirección de servicios; – coordinar la gestión y el despliegue de los procedimientos y servicios electrónicos del área de medio ambiente; – instruir los expedientes sancionadores, – realizar la gestión administrativa del Registro de instalaciones con incidencia ambiental; – ejecutar y realizar el seguimiento de los convenios y los instrumentos de cooperación con otras administraciones y demás personas públicas o privadas; – elaborar dictámenes, informes y estudios. 2. – Dirección de medio natural y planificación ambiental: se le atribuyen las siguientes funciones: | |
Viceconsejería de transportes: – Dirección de Infraestructuras del Transporte. – Dirección de Planificación del Transporte. | |
Órganos periféricos | Servicios territoriales de Medio Ambiente: – elaboran la propuesta de informe de imposición de medidas correctoras en los procedimientos de concesión de licencia de actividades clasificadas; – realizan las labores de vigilancia, inspección y control ambiental. |
Servicio de reserva de la biosfera de Urdaibai | |
Servicios territoriales de puertos | |
Órganos colegiados | Comisión ambiental del País Vasco |
Consejo asesor de Medio ambiente | |
Patrionato de la Reserva de la biosfera de Urdaibai | |
Consejo de cooperación de la reserva de la biosfera de Urdaibai | |
Consejo asesor de conservación de la naturaleza del País Vasco-Naturzaintza | |
Comisión de ordenación del territorio del País Vasco | |
Consejo asesor de política territorial | |
Comisión del plan general de carreteras del País Vasco | |
Consejos asesores de puertos | |
Órgano consultivo de puertos de Euskadi | |
Autoridad del transporte de Euskadi |
Dentro de la Administración institucional y del sector público se incluyen los siguientes entes:
Entes públicos de Derecho privado | Uraren Euskal Agentzia / Agencia Vasca del Agua Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea |
Sociedades públicas | Ihobe, S.A., Sociedad Pública de Gestión Ambiental Eusko Trenbideak / Ferrocarriles Vascos, S.A Euskotren Participaciones, S.A. Euskadiko Kirol Portua, S.A. Zumaiako Kirol Portua, S.A. |
Fundación Burdinbidearen Euskal Museoaren Fundazioa / Fundación Museo Vasco del Ferrocarril |
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