El Consejo Asesor de Política Territorial es el órgano de participación que garantiza la necesaria coordinación de la política territorial del Gobierno y la implicación social en la ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma.
Debe emitir, preceptivamente, en un plazo de 30 días (anteriormente 3 meses) los siguientes informes:
a) Avance de las directrices de ordenación territorial.
b) Documento constitutivo de las directrices de ordenación territorial.
c) Cuantos otros informes o funciones se le encomienden por disposiciones legales o reglamentarias, por el Gobierno Vasco o por el Departamento competente en materia de ordenación del territorio.
También es objeto de reforma la composición del Consejo, la práctica de las reuniones y la competencia para la preparación de los asuntos atribuida ahora a la Dirección de Planificación Territorial y Urbanismo.
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