Con efectos a partir del 1-1-2014, las obligaciones de información exigidas por el IRNR que atañen a los fedatarios públicos, entidades financieras, agencias de valores y demás intermediarios financieros respecto a la identificación de no residentes que intervengan en operaciones sobre activos financieros en general, se extienden, como novedad, además de a las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, a las entidades comercializadoras respecto de las acciones y participaciones en dichas instituciones incluidas en sus registros de accionistas o partícipes.
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