Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Novedades en materia de procedimiento. Cantabria

La normativa reguladora del procedimiento para la aprobación, revisión y modificación del planeamiento se ve afectada por la presente disposición que regula los registros de solicitudes, escritos y comunicaciones por los órganos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y por los organismos públicos y entidades de Derecho público vinculadas o dependientes de la misma cuando éstas desempeñen funciones administrativas.
Asimismo, el procedimiento de aprobación o modificación del planeamiento urbanístico queda afectado por la nueva regulación dada a las oficinas de registro, la creación del registro electrónico común, al tratamiento de los documentos y sus copias y de las comunicaciones y notificaciones electrónicas y, en último lugar, por la creación de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
De esta manera, los ciudadanos tienen derecho a elegir, en todo momento, la manera de comunicarse con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, presentando sus solicitudes, escritos y comunicaciones a través de los siguientes medios:

Presencialmente
– Registro general
– Registros auxiliares
– Registros delegados
Electrónicamente
Registro electrónico común

Se facilitan los trámites de presentación por cuanto que la utilización de medios electrónicos en el trámite de presentación no obliga a su utilización en los sucesivos trámites de un procedimiento; sin embargo, se puede establecer la obligatoriedad de utilizar sólo medios electrónicos de presentación, cuando los interesados se correspondan con personas jurídicas o colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica o técnica, dedicación profesional u otros motivos acreditados tengan garantizado el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos.
Se crea la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria que se configura como accesible a los ciudadanos de forma gratuita y permanente.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).