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Navarra: retenciones en el IRPF

Con efectos desde el 1-1-2015, se establece la imposibilidad de que los perceptores de rendimientos puedan deducir retenciones a cuenta de IRPF realizadas por entidad o persona vinculada, en la parte que no haya sido practicada o ingresada.
Con efectos a partir de 1-1-2016, los porcentajes de retención o de ingreso a cuenta sobre los rendimientos de trabajo son:

RENDIMIENTO ANUAL EN EUROSNÚMERO DE HIJOS Y OTROS DESCENDIENTES
Sin hijos12345678910 O más
Más de 11.25042000000000
Más de 12.75064200000000
Más de 14.25086420000000
Más de 16.750108641000000
Más de 19.7501211976400000
Más de 23.25013,512,211,58,77,75,73,60000
Más de 25.75014,613,312,69,99,27,85,83,80,800
Más de 28.25015,814,513,712,410,78,97,95,93,90,90,1
Más de 32.25017161513,612,510,8108752
Más de 35.75018,117,116,514,71413,312,210,29,17,16,1
Más de 41.250201918,316,916,215,513,712,411,310,29,2
Más de 48.00022,121,520,918,918,317,716,615,614,513,412,3
Más de 55.00024,123,5232221,520,919,818,717,716,615
Más de 62.00026,125,524,52423,522,921,921,419,818,717,2
Más de 69.25028,327,72726,625,52524,422,921,820,319,3
Más de 75.25029,629,228,327,327,226,226,124,523,422,321,3
Más de 82.25030,830,53029,42928,327,726,625,624,523,9
Más de 94.75032,231,731,230,830,43029,528,927,826,825,7
Más de 107.25033,53332,632,33231,5313029,528,528
Más de 120.00035,134,834,63433,532,932,431,330,729,729,1
Más de 132.75036,23635,83534,533,933,432,8323130
Más de 146.0003837,53736,535,534,934,43433,53231,5
Más de 200.0004039,839,43938,53837,535,534,533,733
Más de 280.0004241,541,240,84039,539373635,234,5
Más de 350.0004342,942,842,541,54140,538,537,536,736

Se suprime la referencia a las retenciones en caso de prestaciones por desempleo y de las retribuciones a los miembros de los consejos de administración.
Se establece un porcentaje de retención o de ingreso a cuenta del 19% sobre:
– los rendimientos o retribuciones de capital mobiliario;
– los incrementos patrimoniales derivados de transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva;
– los premios;
– losarrendamientos y subarrendamientos de inmuebles;
– los rendimientos de la propiedad intelectual, industrial, de las prestaciones de asistencia técnica, y del arrendamiento o subarrendamiento de bienes muebles, negocios o minas.

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