Con efectos 6-10-2011 el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía será considerado entidad beneficiaria del mecenazgo a los efectos de aplicar los incentivos fiscales al mecenazgo previstos la L 49/2002 art.16 a 25, entendiéndose, asimismo, actividades prioritarias de mecenazgo las realizadas por dicho Museo.
Para ello se prevé además que la Ley de Presupuestos Generales del Estado pueda elevar en cinco puntos porcentuales, como máximo, los porcentajes y límites de las deducciones establecidas en la L 49/2002 art.19, 20 y 21.
Por último, se establece que El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía ha de quedar sometido al mismo régimen fiscal que corresponde al Estado.
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