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Modificaciones en los beneficios fiscales en el ITP y AJD de Galicia

Con efectos desde el 10-2-2017, han sido derogadas las siguientes bonificaciones y deducciones en Galicia:
a) Modalidad TPO: en relación con esta modalidad del impuesto desaparecen:
– la bonificación aplicable a los actos y contratos que contengan transmisiones de terrenos para la construcción de parques empresariales y las agrupaciones, agregaciones, segregaciones o declaraciones de obra nueva que se realicen sobre fincas situadas en los mismos, siempre y cuando estos parques empresariales sean consecuencia del Plan de Dinamización Económica de Galicia previsto para las áreas de la Costa da Morte o de dinamización prioritaria de Lugo y Ourense; y
– la deducción aplicable a las concesiones administrativas o autorizaciones referidas a las energías renovables.
b) Modalidad AJD: han desaparecido las siguientes bonificaciones:
– aquella aplicable a las operaciones relacionas con viviendas protegidas al amparo de la legislación de la Comunidad Autónoma de Galicia (transmisión de solares y cesión del derecho de superficie para su construcción; declaraciones de obra nueva y constitución de edificios en régimen de propiedad horizontal y primera transmisión inter vivos del dominio de viviendas); y
– aquella relacionada con el Plan de Dinamización Económica de Galicia, en los términos previstos para TPO.
Asimismo, con la misma fecha de entrada en vigor, han sido aprobadas dos nuevas deducciones del 100% en la cuota, aplicables a las modalidades TPO y AJD, por la adquisición -y constitución de préstamos hipotecarios para su financiación en el caso de AJD- de vivienda habitual por personas con discapacidad, familias numerosas y menores de 36 años que tienen derecho a la aplicación de los tipos reducidos del impuesto (7321 y nº 7483 Memento Fiscal 2016) siempre que se encuentre situada en alguna de las parroquias recogidas en la Orden Galicia 9-2-2017 que tengan la consideración de zona poco poblada o áreas rurales.

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