Con motivo de la obligatoriedad de tener que introducir un nuevo código identificador único, denominado número internacional de cuenta bancaria (IBAN), con base en el Rgto UE/260/2012 a los efectos de realizar los pagos, en este caso de las obligaciones tributarias, tanto nacionales como internacionales, bajo un único criterio de estándares y normas, resulta obligatorio modificar los modelos de autoliquidación.
En consecuencia, desde el 18-3-2014, entre otros, se aprueban los modelos de autoliquidación del ITP y AJD (modelos 600, 610, 611, 615, 616, 620, 623, 627, 629 y 630) y del ISD (modelos 650, 651, 652, 653 y 660) de Cataluña.
Como consecuencia de lo anterior, queda derogada la O Cataluña ECO/330/2011 Anexo.
NOTA
Asimismo se aprueban en este territorio otros modelos: 040, 043, 044, 046, 900 y 910 y, por tanto, se derogan la O Cataluña ECO/97/2013 Anexo y la O Cataluña ECF/502/2003 Anexo.
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