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Modificación de los modelos de autoliquidación de los tributos gestionados por la Agencia Tributaria de Cataluña

Con motivo de la obligatoriedad de tener que introducir un nuevo código identificador único, denominado número internacional de cuenta bancaria (IBAN), con base en el Rgto UE/260/2012 a los efectos de realizar los pagos, en este caso de las obligaciones tributarias, tanto nacionales como internacionales, bajo un único criterio de estándares y normas, resulta obligatorio modificar los modelos de autoliquidación.
En consecuencia, desde el 18-3-2014, entre otros, se aprueban los modelos de autoliquidación del ITP y AJD (modelos 600, 610, 611, 615, 616, 620, 623, 627, 629 y 630) y del ISD (modelos 650, 651, 652, 653 y 660) de Cataluña.
Como consecuencia de lo anterior, queda derogada la O Cataluña ECO/330/2011 Anexo.

NOTA
Asimismo se aprueban en este territorio otros modelos: 040, 043, 044, 046, 900 y 910 y, por tanto, se derogan la O Cataluña ECO/97/2013 Anexo y la O Cataluña ECF/502/2003 Anexo.

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