Se limita la retribución variable de los empleados cuyas actividades profesionales inciden de manera significativa en el perfil de riesgo de la entidad, su grupo, sociedad matriz o filiales.
El componente variable de la retribución no puede ser superior al 100% del componente fijo de la remuneración total de cada persona, salvo autorización de la junta de accionistas u órgano equivalente, en cuyo caso se puede alcanzar el 200%.
La limitación se aplica, en particular, a los altos directivos, los empleados que asumen riesgos, los que ejercen funciones de control, así como todo trabajador que reciba una remuneración global que lo incluya en el mismo baremo de remuneración que el de los altos directivos y los empleados que asumen riesgos, cuyas actividades profesionales inciden de manera importante en su perfil de riesgo.
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