El tipo de gravamen de la modalidad de TPO del ITP y AJD aplicable a las transmisiones de inmuebles, así como a la constitución o cesión de derechos reales que recaigan sobre los mismos, salvo los derechos reales de garantía, será, hasta el 31-12-2014, el 8%. Se mantienen, por tanto, los actuales tipos reducidos para las adquisiciones de la vivienda habitual de una familia numerosa o de un discapacitado, así como para la adquisición de viviendas de protección oficial de régimen especial y la constitución o cesión de derechos reales que recaigan sobre las referidas viviendas.
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