Con efectos a partir del 29-12-2015, se modifica la normativa del IAE. Además de introducir una serie de adaptaciones técnicas en el ámbito de la gestión, se incorporan las siguientes novedades en materia de exenciones:
– no se considera producido el inicio del ejercicio de la actividad cuando el sujeto pasivo se halle participado en un 25% o más por empresas que hayan desarrollado la misma actividad;
– se amplía el ámbito subjetivo de la exención, incluyendo a Eusko Ikaskuntza-Sociedad de Estudios Vasca, a Euskaltzaindia-Real Academia de la lengua Vasca y a la Real Sociedad Bascongada de las Amigos del País Vasco-Euskal Herriaren Adiskideen Elkartea;
– se suprime el carácter rogado de la exención por inicio del ejercicio de la actividad.
Actualidad jurídica
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