Con efectos para el ejercicio 2013, se modifica el método de cálculo del rendimiento neto de determinadas actividades forestales en estimación objetiva en el IRPF, al haberse detectado recientemente, respecto de determinadas actividades forestales, disfuncionalidades en el tratamiento fiscal dado a repoblaciones y trabajos de mantenimiento por no ser acorde con la realidad de los trabajos relativos a las frondosas de crecimiento rápido en las explotaciones del territorio de Bizkaia.
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