Con efectos a partir del 1-1-2013, se han aprobado en Bizkaia las cuantías, instrucciones y demás aspectos que rigen la modalidad de signos, índices o módulos del método de estimación objetiva del IRPF, incrementándose la cuantía de los módulos y del índice corrector del exceso, con carácter general, en un 1,5% respecto de aquellos establecidos para 2012.
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