Se han aprobado en Bizkaia las cuantías, instrucciones y demás aspectos que rigen la modalidad de signos, índices o módulos del método de estimación objetiva del IRPF para 2012, incrementándose la cuantía de los modulos y magnitudes, con carácter general, en un 2% respecto a los establecidos para ambos territorios en 2011.
La opción para la aplicación de la modalidad de signos, índices o módulos debe efectuarse antes del día 25 -4-2012.
Al igual que en el ejercicio 2011, se establece para el período impositivo 2012, una reducción del 75% del rendimiento neto por unidad para la actividad de explotación forestal de superficies con coníferas, siendo válidas, como justificante a efectos de la declaración del Impuesto, las resoluciones de autorización de corta concedidas a partir del 1-1-2009.
Actualidad jurídica
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