La intervención como interlocutores ante la dirección de la empresa en el procedimiento de consultas, corresponde a los sujetos indicados en el ET art. 41.4-modif RDL 11/2013 art.9.2-en el orden y condiciones señalados en el mismo. Disposición esta última que también ha sido objeto de una profunda modificación tal y como se recoge específicamente en nº 5055 Memento Social 2013.
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