El límite conjunto del 25% ó 50% para las deducciones por inversiones previsto para los períodos impositivos iniciados en los años 2012 y 2013, se prorroga en las mismas condiciones para los períodos impositivos iniciados en 2014 y 2015.
Por otro lado, se prorroga igualmente durante el mismo plazo la inclusión de la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios en el cómputo de dicho límite conjunto.
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