Un asociación de utilidad pública, acogida al régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos, cuyo objeto social se desarrolla en torno a personas con infección por VIH, ha suscrito con una organización británica un convenio de colaboración por el que se compromete a traducir y difundir los materiales informativos sobre esta enfermedad que esta elabore, generando un volumen de ingresos de entre 30.000 y 35.000 euros anuales que representa en torno al 8-10% del volumen global de sus ingresos y de los que se plantea la posible exención en su Impuesto sobre Sociedades.
A este respecto, para la DGT, en la medida en que el material informativo difundido por la sociedad consista en libros, revistas, folletos, material audiovisual o material multimedia, las rentas generadas por la actividad de traducción y difusión del mismo, desarrollada en cumplimiento de su objeto o finalidad específica, en virtud del convenio de colaboración suscrito con la entidad británica, estarían exentas de tributación en el Impuesto sobre Sociedades (L 49/2002 art.7.9).
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