Las bases de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, a partir de 1-1-2014, son los siguientes:
– tope máximo: 3.597,00 €/mes;
– bases mínimas: aumenta respecto de las vigentes a 31-12-2013 en el mismo porcentaje en que aumente el SMI;
– bases máximas: 3.597,00 €/mes; 114,19 €/día.
Respecto de las cuantías de bases mínimas para 2014, relacionadas con el aumento del SMI, este no sufre ningún incremento ya que mantiene la cuantía establecida para 2013 (RD 1046/2013).
Los tipos de cotización por contingencias comunes, desempleo, FOGASA, formación profesional y horas extraordinarias, se mantienen sin modificación. No obstante hay que tener en cuenta que aunque el tipo de cotización previsto en la Ley de Presupuestos para 2014 referenciada, relativo a la contingencia de desempleo en los contratos de duración de terminada a tiempo parcial, es igual al del año anterior, se aplica reducido en un 1% (RDL 16/2013 disp.adic.1ª).
Respecto de los tipos por contingencias profesionales, se publica una nueva tarifa de primas que afectan a las siguientes actividades:
– 19. Coquerías y refino de petróleo (3,35 en lugar de 4,45);
– 62.Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática (1,35 en lugar de 1,65);
– 69.Actividades jurídicas y de contabilidad (1,35 en lugar de 1,65);
– 70. Actividades de las sedes centrales; actividades de consultoría de gestión empresarial (1,35 en lugar de 1,80);
– 99.Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales (2.35 en lugar 3,10)
Actualidad jurídica
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