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Asturias. Comprobación de valores a efectos del ITP y AJD y del ISD

Con efectos desde el 1-1-2014, se aprueban los nuevos coeficientes aplicables al valor catastral para estimar, por referencia al mismo, el valor real de determinados bienes inmuebles de naturaleza urbana radicados en el territorio del Principado de Asturias, a efectos de la liquidación de los hechos imponibles de los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y sobre sucesiones y donaciones devengados en el año 2014 para cada concejo de la comunidad autónoma, en aplicación de lo dispuesto en la LGT art.57.1 (D Asturias 121/2013 anexo I). Se cumple así con la finalidad de adaptación tanto a los valores catastrales resultantes de las ponencias de valores aprobadas en los últimos años, como a la evolución detectada en los valores inmobiliarios.
Asimismo, se aprueba la correspondiente metodología seguida para su obtención, que emplea las nuevas fuentes de información existentes, permitiendo extender la aplicación de coeficientes a inmuebles excluidos hasta la fecha (D Asturias 121/2013 anexo II). Para aquellos ejercicios en los que se observe un comportamiento negativo del mercado inmobiliario, en la metodología se establece un coeficiente corrector de 0,95 y un límite de incremento de los coeficientes, de modo que, cuando se lleve a cabo una caída generalizada de los precios en el Principado de Asturias, los coeficientes que resulten de aplicar esta metodología, no superen a los aplicables en el ejercicio previo.

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