El procedimiento de selección de las propuestas para acceder a la financiación de las actuaciones de regeneración y renovación urbanas tiene por objeto la selección de las propuestas de actuaciones en áreas cuya finalidad sea la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios y viviendas, de urbanización o reurbanización de espacios públicos y, en su caso, de edificación en sustitución de edificios demolidos, dentro de ámbitos de actuación previamente delimitados por el ayuntamiento en el que se proyecte la actuación.
Pueden ser objeto de financiación las siguientes actuaciones:
a) La ejecución de obras o trabajos de mantenimiento e intervención en edificios y viviendas, instalaciones fijas, equipamiento propio y elementos comunes, a fin de adecuarlos a la normativa vigente. Se pueden incluir los honorarios de los profesionales, el coste de redacción de proyectos, informes técnicos y certificados necesarios, así como los gastos derivados de la tramitación administrativa, siempre que todos ellos estén debidamente justificados.
b) La ejecución de obras o trabajos de mejora de la calidad y sostenibilidad del medio urbano, conforme a lo siguiente:
1. Obras de urbanización y reurbanización material de los espacios públicos, tales como pavimentación, jardinería, infraestructuras, instalaciones, servicios de abastecimiento de agua, saneamiento, suministro energético, alumbrado, recogida, separación y gestión de residuos, telecomunicaciones y utilización del subsuelo.
2. Obras de mejora de la accesibilidad de los espacios públicos.
3. Obras destinadas a mejorar la eficiencia ambiental en materia de agua, energía, uso de materiales, gestión de residuos y protección de la biodiversidad.
c) Obras de demolición y edificación de viviendas de nueva construcción. Los nuevos edificios deben tener una calificación energética mínima B, y cumplir en todo caso con las exigencias del Código Técnico de la Edificación.
El procedimiento de selección de las propuestas para acceder a las ayudas para el fomento del parque público de vivienda en alquiler tiene por objeto la selección de propuestas, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de ayudas económicas dirigidas a ayuntamientos, por el fomento de un parque público de viviendas protegidas destinadas al alquiler sobre suelos o edificios de titularidad pública.
Pueden solicitar estas ayudas los ayuntamientos del Principado de Asturias, propietarios de las viviendas que se vayan a destinar al alquiler, con los requisitos que se establecen en la propia resolución.
La cuantía de la ayuda es de un máximo de 500 euros por metro cuadrado de superficie útil, con un límite máximo de ayuda por vivienda de 45.000 euros. La cuantía máxima de la subvención no puede superar el 50% del coste subvencionable de la actuación (salvo en el caso de que la solicitud de actuaciones no agote el crédito).
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios