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Ampliación de la vigencia de la deducción por formación profesional

Aunque con carácter general los gastos de formación profesional realizados en ejercicios iniciados a partir del 1-1-2011 ya no generan derecho a aplicar una deducción en cuota, al haberse suprimido esta deducción, sin embargo se prorroga su vigencia para los gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información efectuados durante el año 2014, cuando su utilización sólo pueda realizarse fuera del lugar y horario de trabajo, al igual que ocurrió en los años 2011, 2012 y 2013.

NOTA
En relación con los gastos de formación del personal en el uso de nuevas tecnologías que no tienen la consideración de rendimientos del trabajo en el IRPF, ver 259 Memento Fiscal 2013.

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