Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Ampliación de la vigencia de la deducción por formación profesional

Aunque con carácter general los gastos de formación profesional realizados en ejercicios iniciados a partir del 1-1-2011 ya no generan derecho a aplicar una deducción en cuota, al haberse suprimido esta deducción, sin embargo se prorroga su vigencia para los gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información efectuados durante el año 2013, cuando su utilización sólo pueda realizarse fuera del lugar y horario de trabajo, al igual que ocurrió en los años 2011 y 2012.

NOTA
En relación con los gastos de formación del personal en el uso de nuevas tecnologías que no tienen la consideración de rendimientos del trabajo en el IRPF, ver nº 259 Memento Fiscal 2012.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).