En relación con los órganos y organismos de Canarias se modifican y regulan las siguientes cuestiones:
1.- La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural tiene atribuidas las competencias establecidas por TROTCANA art.229, D Canarias 189/2001, D Canarias 152/2008, y las ahora reconocidas, que son:
a) La incoación, instrucción y resolución de procedimientos sancionadores autonómicos por la comisión de infracciones en materia de costas, patrimonio natural y biodiversidad, residuos, conservación de la fauna silvestre en los parques zoológicos, organismos modificados genéticamente, observación de cetáceos, suelos contaminados, prevención y control integrados de la contaminación, actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero y responsabilidad medioambiental.
b) La inspección autonómica ordinaria vinculada a tales procedimientos, sin perjuicio de las funciones de control y seguimiento, así como de apoyo a la Agencia en la inspección especializada, que correspondan a la consejería competente en materia de medio ambiente.
2.- Se crea el Observatorio del Paisaje como órgano colegiado, adscrito a la consejería competente en materia de política territorial, de observación, estudio, formulación de propuestas y criterios de actuación, consulta y asesoramiento en materia de reconocimiento, definición y caracterización de los paisajes, políticas de protección y gestión, de participación pública, de integración en todas las políticas públicas, en particular las ambientales, las teritoriales y las urbanísticas, y de sensibilización ciudadana e institucional, de acuerdo y en el marco del Convenio Europeo del Paisaje.
3.- El Observatorio Canario del Cambio Climático se configura como órgano colegiado de consulta, participación, debate, propuesta y desarrollo de acciones en torno al cambio climático en Canarias. Queda adscrito a la consejería competente en materia de medio ambiente.
4.- El Consejo Asesor de Medio Ambiente de Canarias se configura como órgano colegiado de asesoramiento en cuestiones medioambientales que se consideren de interés, propiciando la participación de las organizaciones representativas de sectores sociales, económicos, profesionales y personas de reconocido prestigio. Queda adscrito a la consejería competente en materia de medio ambiente.
Actualidad jurídica
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