Nuevo Reglamento UE sobre procedimientos de insolvencia aplicable a los que se abran después del 26-6-2017
Aprobación de un nuevo Reglamento UE sobre procedimientos de insolvencia que se aplicará a los que se abran a partir del 26-6-2017. Aunque el nuevo Reglamento deroga el vigente (el Reglamento CE/1346/2000), este seguirá aplicándose transitoriamente a los procedimientos de insolvencia que entren dentro de su ámbito de aplicación y se hayan abierto antes de dicha fecha. Al igual que su predecesor, el nuevo Reglamento pretende favorecer el buen funcionamiento del mercado interior que exige que los procedimientos transfronterizos de insolvencia se desarrollen de forma eficaz y eficiente. En este sentido es necesario evitar que las partes encuentren incentivos para transferir bienes o litigios de un Estado miembro a otro, en busca de una posición jurídica más favorable en detrimento del conjunto de los acreedores (búsqueda de un foro de conveniencia).