Trabajo a distancia y víctimas de violencia de género o del terrorismo (RS 39/20 22 de Septiembre de 2020 al 28 de Septiembre de 2020)
Las víctimas de violencia de género o del terrorismo pueden para su protección pueden realizar su trabajo totalmente a distancia o a dejar de hacerlo (si este fuera el sistema establecido) siempre que la prestación de servicio en alguna de estas modalidades sea compatible con el puesto y funciones de los trabajadores.