Disfrute del crédito horario durante el período de vacaciones
El disfrute del crédito horario establecido a favor de todos los representantes de los trabajadores a razón de 40 horas por 12 meses al año por cada representante no constituye una condición más beneficiosa y sí una práctica llevada a cabo en la empresa en la creencia de que era la que se derivaba de la exigencia de la ley, debiéndose tener en cuenta además que el crédito horario es mensual y se disfruta los 11 meses de actividad laboral, sin que se extienda al período de vacaciones.