Efectos en la condición representativa por cierre del centro de trabajo y traslado de la actividad a otro centro
Para el Tribunal Constitucional no existe vulneración del derecho a la libertad sindical cuando se produce la pérdida de la condición representativa, como consecuencia del cierre del centro de trabajo y del traslado de la actividad a otro centro, sin transmisión de la titularidad a otra unidad productiva de la misma empresa que no cuenta con representación legal constituida.